Efectivamente, aunque el nombre es Comisión de Biblioteca, su estructura y función vienen perfectamente establecidas en el Reglamento de la Biblioteca vigente actualmente y es el Órgano de Gobierno de la Biblioteca según el artículo 3:
Artículo 3.- Órgano de Gobierno de la Biblioteca.
1. El Órgano de Gobierno de la Biblioteca estará compuesto por los siguientes miembros:
- El Rector o Vicerrector en quien delegue, quien ostentará la presidencia.
- El Director del Servicio de la Biblioteca.
- Dos representantes de los Decanos de Facultades o Escuelas.
- Dos representantes de Directores de Departamento.
- Dos representantes de estudiantes.
- Un representante de los Institutos Universitarios de Investigación.
- Un representante del personal de Administración y Servicios.
- El Subdirector de la Biblioteca, que hará las funciones de Secretario.
La Comisión Técnica de la Biblioteca tiene otra composición y otras funciones (art. 6).