El acceso a las salas de lectura y el uso de fondos en la sala sólo está restringido en períodos de exámenes, o cuando hay una elevada ocupación de las salas por usuarios autorizados (miembros de la UAH). En el resto de períodos se puede entrar en las salas de lectura y consultar los fondos de las bibliotecas, si bien el usuario ajeno a la UAH no tendrá acceso a ningún otro servicio de la Biblioteca.
Según el Reglamento de la Biblioteca de la Universidad de Alcalá, hay dos tipos de usuarios:
•Usuarios de pleno derecho: todas las personas que integran la comunidad universitaria, es decir:
◦El personal docente e investigador de la Universidad de Alcalá y centros adscritos.
◦Los becarios de investigación de la Universidad de Alcalá y centros adscritos.
◦Los alumnos de la Universidad de Alcalá y centros adscritos.
◦El personal de administración y servicios de la Universidad de Alcalá y centros adscritos.
◦El personal que trabaje de forma permanente en los centros, departamentos e institutos de investigación de la Universidad debidamente acreditados por las autoridades de dichas instancias.
•Usuarios autorizados: aquellas personas a quienes se les permita el uso de los servicios bibliotecarios de la Universidad de Alcalá, en virtud de los convenios, conciertos y acuerdos suscritos entre la misma y otras Universidades o Instituciones o a título individual, siempre que se acredite suficientemente la necesidad de utilización de dichos servicios para fines docentes, discentes o de investigación y la Biblioteca lo autorice.
Para más información se pueden consultar las Preguntas frecuentes.